Convenciones

Convenciones internacionales en materia de drogas y delitos conexos ratificadas por Chile

Convenciones de Naciones Unidas

Convención Única sobre Estupefacientes de 1961

  • Decreto Nº35.
  • Promulgado: 05 enero 1968.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 16 enero 1968.
  • Resumen: las Partes se comprometen a adoptar todas las medidas legislativas y administrativas que puedan ser necesarias para dar cumplimiento a la Convención en su respectivo territorio y para limitar exclusivamente la producción, fabricación, exportación, importación, distribución, comercio, uso y posesión de estupefacientes a fines médicos y científicos. Este documento será enmendado por el Protocolo de 1972.

Protocolo de Modificación de 1972 de la Convención Única de Estupefacientes de 1961

  • Decreto Nº 32.
  • Promulgado: 13 enero 1976.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 20 marzo 1976.

Convención sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971

  • Decreto Nº 570.
  • Promulgado: 12 agosto 1976.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 3 noviembre 1976.
  • Resumen: de acuerdo a esta Convención, las Partes se comprometen a adoptar todas las medidas contra el uso indebido de sustancias sicotrópicas y aseguran la pronta identificación, tratamiento, educación, post tratamiento, rehabilitación y readaptación social de las personas afectadas y coordinar sus esfuerzos en ese sentido.

Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988

  • Decreto Nº 543.
  • Promulgado: 31 mayo 1990.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 28 abril 1990.
  • Resumen: busca promover la cooperación entre las Partes a fin de que puedan hacer frente con más eficacia a los diversos aspectos de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas que tengan una dimensión internacional. Para ello, las Partes adoptarán las medidas necesarias, comprendidas las de orden legislativo y administrativo, en conformidad a las disposiciones fundamentales de sus respectivos ordenamientos jurídicos internos.

Convención Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo de 1999

  • Decreto Nº 163.
  • Promulgado: 3 julio 2002.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 13 septiembre 2002.

Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional de 2000

  • Decreto Nº 342.
  • Promulgado: 20 diciembre 2004.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 16 febrero 2005.
  • Resumen: promueve la cooperación para prevenir y combatir más eficazmente la delincuencia organizada transnacional.

Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional de 2000

  • Decreto Nº 342.
  • Promulgado: 20 diciembre 2004.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 16 febrero 2005.

Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional de 2000

  • Decreto Nº 342.
  • Promulgado: 20 diciembre 2004.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 16 febrero 2005.

Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción de 2005

  • Decreto Nº 375.
  • Promulgado: 23 noviembre 2006.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 30 enero 2007.
  • Resumen: en los 28 artículos de la Convención Interamericana contra la Corrupción, los Estados miembros de la OEA convienen en la necesidad de promover y fortalecer el desarrollo de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción. Además de facilitar la cooperación entre los Estados para asegurar la eficacia de las medidas para evitar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas.

Convenciones Interamericanas

Convención Interamericana sobre Asistencia Mutua en Materia Penal y su Protocolo Facultativo de 1993

  • Decreto Nº 108.
  • Promulgado: 4 mayo 2004.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 8 julio 2004.
  • Resumen: los Estados Parte se comprometen a brindarse asistencia técnica mutua en la materia. Para efectos de este convenio, el hecho debe ser punible con pena de un año o más de prisión en el Estado requiriente.

Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados y su Anexo

  • Decreto Nº 288.
  • Promulgado: 10 noviembre 2003.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 18 febrero 2004.
  • Resumen: el propósito de los 30 artículos que componen esta convención es impedir, combatir y erradicar la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, municiones, explosivos y otros materiales relacionados, promoviendo y facilitando la cooperación y el intercambio de información y experiencias entre los Estados miembros.

Convención Interamericana contra el Terrorismo de 2002

  • Decreto Nº 263.
  • Promulgado: 25 noviembre 2004.
  • Publicado en Diario Oficial de Chile: 10 febrero 2005.