Adolescentes Infractores de Ley
Programa de tratamiento para adolescentes con consumo problemático de alcohol y drogas que han cometido infracción de ley.
Programa para Adolescentes con Problemas con la Justicia
Descripción
La Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, vigente desde junio del 2007, establece la sanción accesoria de tratamiento de drogas y la posibilidad de que los jóvenes con medidas o sanciones, en medio libre o privativo de libertad, puedan acceder voluntariamente a tratamiento.
De manera de generar las condiciones necesarias para disponer de esta oferta, SENDA y MINSAL diseñaron este programa, considerando las características particulares de estos adolescentes y sus necesidades terapéuticas.
Para implementar el programa se establece un convenio entre SENDA, MINSAL y SENAME, a través del cual se ofrecen diversos planes de tratamiento y rehabilitación, que consisten en un conjunto de prestaciones de distinta intensidad y frecuencia terapéutica, según las características, necesidades y complejidad de los jóvenes a tratar.
Los planes de tratamiento y rehabilitación incluidos en el programa son:
- En medio libre:
- Plan ambulatorio intensivo.
- Plan residencial.
- Plan de corta estadía.
- En medio privativo de libertad:
- Plan intensivo.
- Plan de corta estadía.
Beneficiarios
- Adolescentes a los cuales se les haya aplicado por el juez como sanción accesoria, el someterse a tratamiento por consumo problemático de alcohol u otras drogas, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley Nº 20.084, sujetos a sanciones penales, ya sean estas privativas de libertad o no.
- Adolescentes, que de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 13, 14, 16 y 17 de la mencionada Ley, requieran ser sometidos a tratamiento de rehabilitación y accedan voluntariamente a ello.
- Adolescentes imputados con medida cautelar, en medio privativo de libertad o medio libre, que requieran ser sometidos a tratamiento de rehabilitación y accedan voluntariamente a ello.
- Adolescentes imputados con los cuales se haya acordado como condición de la suspensión condicional del procedimiento, el someterse a tratamiento.