Bases de Postulación al Consejo de la Sociedad Civil
Primero: En el marco de la implementación de la Ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana, y de acuerdo al Instructivo Nº 007, de Participación Ciudadana, firmado por la Presidenta de la República S.E. Da. Michelle Bachelet Jeria, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA), convoca a elección para consejeros del Consejo de la Sociedad Civil de este organismo.
Segundo: El Consejo de la Sociedad Civil es un órgano colegiado, de carácter consultivo, cuyas opiniones y consejos no son vinculantes para la autoridad. Está compuesto por representantes de las organizaciones de la sociedad civil, sin fines de lucro, relacionadas con el funcionamiento y las líneas de trabajo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA), pudiendo aportar en todo el ciclo de las políticas públicas. Las organizaciones que participen deberán tener, a lo menos, 6 meses de vigencia a la fecha de su postulación.
Tercero: El Consejo estará compuesto por 9 consejeros (además de 3 funcionarios de SENDA), que duran un año en sus cargos y pueden provenir de todo el país. Las sesiones del Consejo son periódicas. Podrán ser candidatos al Consejo aquellos miembros de las organizaciones que sean postulados y siempre que cumplan con la calidad de ser sin fines de lucro.
Cuarto: En la elección podrán votar organizaciones sociales regidas por la Ley N° 19.418, Sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias; Corporaciones, Fundaciones, Grupos de Voluntariado, Grupos de autoayuda, Centros de Tratamiento, Universidades, Centro de Estudio o Instituciones Académicas, Colegios Profesionales, Centros de Padres, Centros de alumnos, Iglesias de los distintos credos y organizaciones de pueblos originarios, instituciones que deberán aportar conocimientos y opiniones respecto a las siguientes materias:
– Contribuir al diseño de los Programas de Prevención, Tratamiento e Integración impulsados por SENDA a lo largo del país.
– Fomentar una cultura preventiva, impulsando, difundiendo y apoyando acciones de prevención en el ámbito educacional y comunitario.
Quinto: El número y las categorías de instituciones participantes son:
– 2 Agrupaciones de carácter juvenil;
– 2 Agrupaciones de carácter educativas y/o académicas;
– 2 Instituciones colaboradoras de SENDA;
– 2 Organizaciones comunitarias y Sociales;
– 1 Organización Pro diversidad
Sexto: Para considerar su postulación, las Organizaciones Comunitarias y las Organizaciones de la Sociedad Civil (Corporaciones, Fundaciones, Asociaciones, y Agrupaciones) deberán presentar los siguientes antecedentes:
– Organizaciones Comunitarias: Certificado de vigencia de la organización, otorgado por la Municipalidad respectiva; copia legalizada de sus estatutos; y, certificado que dé cuenta de la composición vigente de su directorio.
– Organizaciones de la Sociedad Civil: Certificado de vigencia de la organización, otorgada por el Ministerio de Justicia.