MODIFICACIONES A LA LEY DE ALCOHOLES: SE CONCRETA UN AVANCE HISTÓRICO EN LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

Después de 14 años de discusión en el Congreso, se publica la nueva legislación que permitirá medidas inmediatas como la prohibición del ingreso de menores de 18 años a discotecas, cuando en ellas se venda alcohol; y la obligación de exhibir siempre la cédula u otro documento de identificación para adquirir bebidas alcohólicas.

En el marco del anuncio de la publicación de la reforma a la Ley de Alcoholes, el Ministro del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Delgado, y el Director Nacional de SENDA, Carlos Charme, junto a la alcaldesa de la Municipalidad de Colina, Isabel Valenzuela, se reunieron con jugadores cadetes del equipo de fútbol Deportes Colina y con integrantes del grupo comunal de danza “Trouble”, para conversar sobre la importancia que tiene esta nueva legislación en la protección de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

En la actividad, las autoridades compartieron con los adolescentes y jóvenes entorno al deporte, un factor protector fundamental para prevenir el consumo de alcohol y otras drogas y, además, tuvieron un momento de diálogo donde pudieron explicarles sobre las nuevas medidas de la ley que entran en vigencia, las cuales tienen entre sus principales objetivos restringir el acceso de los menores de edad al alcohol, y así retrasar o evitar el uso de esta droga en los niños, niñas y adolescentes.

Al respecto, el Ministro del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Delgado, aseguró que “esto es un paso importante, no una solución definitiva, y esto también lo dije en el debate legislativo, por supuesto que esto no soluciona todo el problema, pero sí da una señal potente con respecto a cuál es la orientación de este gobierno con respecto al consumo temprano de alcohol. ¿Y qué otras soluciones tenemos que buscar? Por su puesto, fortalecer otros factores protectores de los niños, niñas y adolescentes”.

De esta forma, desde el momento de la publicación de la ley, comienza a regir inmediatamente que los menores de 18 años tendrán prohibido el ingreso a discotecas, cuando en ellas se venda alcohol.  Además, se debe exhibir siempre la cédula u otro documento de identificación para adquirir, en cualquier lugar, bebidas alcohólicas; y para el ingreso a cabarés, cantinas, bares, tabernas y discotecas.

“Nosotros como servicio técnico del Estado que es SENDA, tenemos como fin último proteger a los niños, niñas y adolescentes del consumo de alcohol y otras drogas. Por eso estamos muy contentos, porque hoy, gracias a la publicación de esta ley, podemos realizarlo de mejor manera. Llamamos a la ciudadanía a informarse a través de nuestra página web www.senda.gob.cl sobre estas medidas, especialmente a quienes tienen a cargo la disposición de alcohol, para que a final de cuentas podamos darle la oportunidad a nuestros niños, niñas y adolescente a que puedan vivir sin drogas.” afirmó el Director Nacional de SENDA, Carlos Charme.

Cabe destacar que, las otras modificaciones realizadas a la ley 19.925 sobre consumo y expendio de bebidas alcohólicas contemplan 36 meses para que las empresas se pongan al día en temas de publicidad, salvo en bienes nacionales de uso público y los cambios al etiquetado de bebidas alcohólicas, donde entrada en vigencia es de 12 meses.

Finalmente, los principales puntos a la reforma son:

  • Se prohíbe el ingreso de menores de 18 años a cabarés, cantinas, bares y tabernas; así como también a discotecas, cuando en éstas se venda alcohol.
  • Se obliga a exigir y exhibir siempre la cédula u otro documento de identidad para ingresar a lugares donde se pueda consumir alcohol. Los inspectores municipales podrán fiscalizar el cumplimiento de esta medida.
  • Se prohíbe toda publicidad de alcohol en cualquier producto, publicación o actividad destinada exclusivamente a menores de edad.
  • Se obliga a incluir una advertencia sobre las consecuencias del consumo nocivo de alcohol, y una leyenda que trate sobre los riegos y consecuencias de dicho consumo, especialmente para las poblaciones de riesgo tales como embarazadas, conductores y menores de edad.
  • Se prohíbe toda acción gráfica de estimulación al consumo de alcohol en bienes de uso público, con excepción de señalética que se encuentren en rutas asociadas a la actividad productiva de bebidas alcoholes, tales como viñas o bodegas.
  • Se prohíbe toda forma de publicidad en actividades y artículos deportivos, con excepción de competencias internacionales.  Esta ley nos permite mantener el deporte como una actividad sana, lejos del alcohol y las otras drogas.  

Written by Yinela Veas

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